Resolución del Min-Educación
Incremento de matrículas escolares no podrá exceder del 10%
La
Asamblea General Extraordinaria de Padres, Madres, Representantes y
Responsables de cada institución educativa privada, acordarán si se
aprueba o no el incremento, cuyo monto podrá ser inferior al fijado
El
Ministerio del Poder Popular para la Educación, fijó para el año
escolar 2012-2013, un ajuste en las matrículas y mensualidades en un
porcentaje que no podrá exceder del diez por ciento (10%), como
límite máximo de aumento.
La
medida queda establecida en la Gaceta Oficial N° 39.974 de fecha 30
de agosto del 2012, que circula este martes.
La
resolución aplica para todas las instituciones educativas privadas
del subsistema de educación básica de todo el territorio de las
República Bolivariana de Venezuela.
Asimismo,
corresponde a la Asamblea General Extraordinaria de Padres, Madres,
Representantes y Responsables de cada institución educativa privada,
acordar si se aprueba o no el incremento de matrícula y
mensualidades para el referido año escolar, siguiendo el
procedimiento establecido en la presente resolución, cuyo monto
podrá ser inferior, pero en ningún caso podrá exceder el
porcentaje fijado como límite máximo.
Los
padres, madres, representantes y responsables, colectivos internos y
comunitarios (Consejos Comunales y demás organizaciones sociales de
la comunidad), como corresponsables de la educación, bajo el
principio de participación, ejercerán la contraloría social, a los
fines de dar el estricto cumplimiento de la presente medida y el
Indepabis (Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso de
los Bienes y Servicios), a través de sus oficinas regionales y
municipales.
Los
ministerios del Poder Popular para la Educación y para el Comercio,
quedan encargados del cumplimiento del cumplimiento de la
resolución..
SPOBMEES VENEZUELA Y SUS FILIALES PRESENTE CON LA INFORMACION
31/07/2012
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